martes, noviembre 26, 2024

PROVINCIA

Senado sancionó la ley que autoriza a Kicillof a comprar vacunas contra el coronavirus

La Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires sancionó la ley que autoriza al gobernador Axel Kicillof a comprar vacunas contra el coronavirus para «fortalecer» la campaña de vacunación ante el incremento de contagios en el marco de la segunda ola del virus.

La iniciativa, aprobada la semana pasada en Diputados, fue sancionada ayer por unanimidad en el Senado, en el marco de una sesión especial a la que convocó la vicegobernadora provincial, Verónica Magario.

La iniciativa faculta al Poder Ejecutivo bonaerense, a través de los Ministerios de Salud y Jefatura de Gabinete, “a adoptar medidas tendientes a la adquisición de vacunas durante la vigencia de la emergencia sanitaria, declarada mediante Decreto N° 132/2020, ratificado y prorrogado”.

La norma establece también que los contratos a firmarse deberán tener el aval de la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría y la Fiscalía de Estado y, una vez firmados, deberán informarse a la Comisión Bicameral de Seguimiento y Fiscalización de la Emergencia, que funciona en la Legislatura provincial.

Allí se estableció que el informe deberá ser cada 60 días y que la Comisión tiene facultades para solicitar las cláusulas de confidencialidad de los contratos en los casos en que éstas existan.

En sus fundamentos, el proyecto enviado por el gobernador, expresa que en el contexto actual “se presenta como imprescindible dotar al Poder Ejecutivo (bonaerense) de las facultades que resulten necesarias para contribuir a mejorar la disponibilidad de dosis, estableciendo el marco jurídico que demanda esta clase de transacciones en el mercado internacional”.

Se prevé, de este modo, facultar al Ejecutivo a iniciar negociaciones y celebrar contratos (incluyendo la moneda extranjera) que resulten necesarios para la adquisición de vacunas.

Con ese propósito, se propone admitir legislativamente que tales contratos contengan cláusulas de confidencialidad y condiciones de indemnidad patrimonial o prórroga de jurisdicción en los casos de litigio judicial.