miércoles, noviembre 27, 2024

NACIONALES

«EN LOS PRÓXIMOS DÍAS HABRÁ NOVEDADES SOBRE EL MÍNIMO NO IMPONIBLE DE GANANCIAS», DIJO CERRUTI

La portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, adelantó hoy que «en los próximos días» habrá novedades sobre la actualización del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias a los salarios de los trabajadores en relación de dependencia, luego de darse a conocer una carta con un pedido en ese sentido que el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, le envió al ministro de Economía, Martín Guzmán.

Cerruti señaló que Massa y Guzmán «han conversado en los últimos días» al respecto y que ayer el legislador «insistió con el tema y efectivamente (la adecuación del piso) va a suceder en los próximos días».

En su habitual conferencia de prensa semanal en la Casa Rosada, la portavoz criticó la postura de la oposición al señalar que «otros hicieron campañas para terminar con el impuesto y en cuatro años de gobierno no hicieron nada», pero que la actual administración del presidente Alberto Fernández «se comprometió a subir» el mínimo no imponible de la denominada cuarta categoría «y cumplió».

La carta de Massa a Guzmán es la segunda enviada por el diputado, si se tiene en cuenta la que se conoció el 13 de mayo, en la que sostenía que el mínimo no imponible de $ 225.937 había quedado atrasado ante la evolución de la inflación y la presión sobre los salarios.

«Trabajamos protegiendo y aliviando la situación de los trabajadores; y además, como las paritarias van a la alza y a mejorar los ingresos, en el caso de Ganancias previmos una cláusula gatillo, para acompañar las mejoras», sostuvo el presidente de Diputados en el escrito que envió a Guzmán

El mismo 13 de mayo, fue el propio Guzmán el encargado de confirmar que el piso del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia se actualizará en función de la evolución de la inflación.

«Es una obviedad que se actualizará el piso a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia pagan Ganancias en función de la evolución de la inflación», afirmó Guzmán en respuesta a una consulta de Télam.

El titular de la cartera económica sostuvo en esa ocasión que «es lo que razonablemente establece la ley para que el beneficio a los trabajadores y las trabajadores no se pierda con la inflación, y es lo que el Gobierno ejecutará».

En su segunda carta a Guzmán, Massa reiteró su solicitud de actualización de manera inmediata del mínimo no imponible de Ganancias, luego una evaluación realizada por los equipos técnicos de la Cámara de Diputados, de la que se desprende que «los trabajadores y jubilados alcanzados se han incrementado sustancialmente en estos últimos dos meses».

Al respecto, indicó que en febrero la cantidad de trabajadores y jubilados alcanzados por el tributo era de 742.964 y que en abril se había elevado a 847.878, con un 14% de incremento en dos meses.

En base a estos datos, Massa planteó que se efectivice de manera inmediata un nuevo piso actualizado de remuneración mensual para empezar a pagar el impuesto.

De esta manera, aseguró, se continuaría dando «sostenibilidad a las políticas de este Gobierno referidas a mantener el poder adquisitivo de los trabajadores y jubilados y fortalecer la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional».

En 2021, el piso salarial de $ 150.000, luego ajustado a $ 175.000, permitió que 1,5 millones de trabajadores dejaran de pagar Ganancias.

Luego, por las variaciones inflacionarias, se volvió a delegar la facultad al Poder Ejecutivo para incrementar las deducciones del impuesto durante el año fiscal 2022.

En ese sentido, el presidente de la Cámara baja propuso una suba adicional del piso a partir del cual se paga el impuesto para mantener constante el porcentaje de contribuyentes alcanzados por el tributo, de manera que solo lo paguen el 10% de los contribuyentes con mayores ingresos.

Si bien el impuesto a las Ganancias existe en la Argentina desde 1932 (por entonces se lo denominaba a los Réditos), es a partir de 1973 que se instituyó la denominada «cuarta categoría», que se calcula exclusivamente sobre la renta del trabajo personal, a diferencia de las otras tres, que abarcan inmuebles, acciones, intereses, dividendos, sociedades y empresas unipersonales.