martes, noviembre 26, 2024

NACIONALES

APRUEBAN ASISTENCIA PARA EMPRESAS DE LA CADENA DE GAS EN GARRAFAS POR $ 1.654 MILLONES

La Secretaría de Energía dispuso la transferencia de $ 1.654,2 millones a un conjunto de empresas que forman parte de la cadena del Gas Licuado de Petróleo (GLP), con el propósito de asegurar el suministro de garrafas en hogares de bajos recursos en el marco del Programa Hogar.

Según las resoluciones 806/2022 y 808/2022, publicadas ayer en el Boletín Oficial, se determinó una erogación total de $ 1.654.174.386,15, correspondiendo $ 182.997.632,45 a la primera resolución y $ 1.471.176.753,70 a la restante, a repartir entre empresas distribuidoras, fraccionadoras y productoras de la industria del Gas Licuado de Petróleo (GLP).

El Programa Hogar fue creado mediante el decreto 470/2015 y su financiamiento se estableció a través del fondo fiduciario para atender las necesidades de GLP de sectores de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural.

El 19 de abril, Energía había extendido hasta fin de año la «asistencia económica transitoria» que se otorga a las empresas de la cadena de gas en garrafas, a través de la resolución 271/2022.

Esa asistencia, dirigida a las empresas registradas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo y dispuesta en agosto del año pasado, tiene como objetivo solventar los precios máximos de referencia del Programa que no poseen modificaciones desde junio de 2021, y la «variación experimentada en los valores y costos asociados en la cadena de comercialización del GLP».

Asimismo, cuando el destino sea otro del de venta a distribuidores de envases de hasta 45 kilos, pasará a ser un porcentaje en vez de una suma fija; por lo cual la asistencia económica transitoria seguirá siendo el equivalente al 20% de la facturación en concepto de venta de GLP (neto de impuestos) que facturen mensualmente las empresas.

En cuanto al aporte, cuando el destino fuese otro del de venta a distribuidores en envases de hasta 45 kilos, la modificación establece que «las empresas fraccionadoras podrán solicitar un reconocimiento del 20% del precio máximo de referencia vigente de venta de fraccionadores a distribuidores por cada tonelada facturada».

La última modificación de los valores fue establecida en la resolución 609 del 29 de julio de este año, que elevó los subsidios por garrafa a $ 546 en julio, $ 573 en agosto y $ 602 a partir de septiembre.

Para los productores, el precio máximo de referencia, tanto para butano como para propano, fue de $ 16.667,11 por tonelada en julio, $ 17.500,47 en agosto y $ 18.375,49 a partir de septiembre.

Para una garrafa de 10 kilogramos, los precios máximos de referencia, antes de IVA e Ingresos Brutos, sin apartamientos ni servicio de venta a domicilio, son a partir de septiembre de $ 343,63 para el fraccionador, $ 603,16 para el distribuidor y $ 633,32 al público.

En el caso de la garrafa de 12 kilos, los precios son de $ 412,36, $ 723,79 y $ 759,98, mientras que para la de 15 kilos son de $ 515,45, $ 904,74 y $ 949,98, respectivamente.