La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso que a partir del 1º de junio los organismos jurisdiccionales de la administración de Justicia deberán librar los informes o actuaciones con el ministerio de Trabajo provincial mediante oficios en formato digital.
En una resolución conocida hoy, la Corte estableció que los organismos judiciales «deberán librar indefectiblemente los requerimientos de producción de informes y/o la remisión de actuaciones en trámite o que hayan tramitado ante al Ministerio de Trabajo de la Provincia, en el marco de una causa judicial o administrativa ya iniciada, mediante oficio judicial en formato digital».
El máximo tribunal estableció también que las contestaciones a dichos oficios judiciales también serán incorporadas y remitidas por el citado Ministerio en el Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
Además, consignó que el Ministerio de Trabajo provincial remitirá en formato digital las apelaciones admisibles contra actos administrativos, de conformidad con el artículo 57 de la Ley Nº11.653, para lo cual se habilitará el domicilio electrónico mintrabajo-apelaciones@gba.gov.ar.