El intendente -Andrés Watson- establece la exención total o parcial sobre el costo del Derecho de Habilitación a nuevos comercios no alcanzados en el régimen de promoción industrial desde septiembre hasta diciembre de 2023, según rige en el artículo Nº40 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Nº58 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Nº10.255/2022, a fin de impulsar las actividades económicas tanto distritales como zonales.
Serán comprendidos por la actual normativa quienes resulten sujetos pasivos de Derecho de Habilitación durante el período en vigencia enunciado; aquel negocio que inicia su funcionamiento; toda tienda que esté dentro de la categoría denominada pequeño comercio o PyME y las que estén en situación de vulnerabilidad comprobable al momento de formular la solicitud.
Aquellos y aquellas contribuyentes cuyo espacio cuente con una superficie menor a 100 m² tendrán un 100% de descuento; entre 100 m² y 500 m² un 50% y más de 500 m² el 25%.
Además, las y los que apliquen accederán a una rebaja en el resto de las tasas comerciales en el plazo establecido. Propietarios y propietarias de sitios de hasta 30 m² que envíen las declaraciones juradas a través de la página web gozarán de un 50% de quita en su pago mensual; mientras que los y las que contraten tres o más personas mediante el portal empleo comunal obtendrán un 25%. Al ser acumulables, si cumplen ambas condiciones, llegarán a un 75%.
Para obtener o mantener el beneficio es indispensable no registrar deudas, presentar en tiempo y forma los papeles o el libre de deuda. En casos de aportar documentación apócrifa, ocultar información, entregar DDJJ inexactas será dado de baja de la bonificación. La o el infractor deberá realizar el reintegro de las deducciones obtenidas.