El Gobierno bonaerense extendió hasta el 10 de noviembre la inscripción al Programa de Sostenimiento Económico para actividades afectadas por la pandemia, que distribuye $2.000 millones en aportes no reembolsables destinados al apoyo a unidades productivas micro y pequeñas y monotributistas.
El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense informó que se trata de un fondo provincial que reparte $2.000 millones como aportes no reembolsables de carácter extraordinario, destinados a apoyar a unidades productivas micro y pequeñas de actividades que resultaron especialmente afectadas por la pandemia.
Del monto total de $2.000 millones con los que cuenta el PSE, la provincia ya lleva ejecutados más de $267 millones, detalló un comunicado.
Entre las actividades incluidas, están Servicio de Transporte escolar y otros; Comercio minorista de indumentaria, calzado y ventas en general; Gastronomía y Bares; Salones de baile, fiestas y boliches; Guarderías y jardines maternales; Servicios especializados, como fotografía, fotocopias, ventas de entradas, peluquería, entre otros; Servicios vinculados a prácticas deportivas y explotación de instalaciones; y elaboración de cerveza.
Para ser beneficiario las unidades productivas deben ser micro o pequeñas y su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del programa.
La fecha de inicio de actividad debe ser anterior al 31 de marzo de 2020 y serán elegibles aquellas unidades productivas cuyos ingresos hayan caído en el año pasado en comparación con 2019 o hayan aumentado hasta un 10%.
También se pide que estén inscriptas en Buenos Aires ActiBA y que no hayan recibido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional o provincial.
Otro requisito es que a la fecha de corte del 18 de junio último estén al día con las Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos mensuales de 2019 y 2020 y si se encuentra alcanzada por alguna norma que la exima de la presentación de Declaraciones Juradas de Impuesto a los Ingresos Brutos mensuales, no le será exigible este requisito a los fines de acceder al PSE.
Dentro de estas exenciones se encuentran los beneficiarios de La Ley Provincial N° 13.136 de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS).
Quienes quieran ser beneficiarios del subsidio, deberán inscribirse en la página web https://portal.gba.gob.ar/web/portal/11214/tramite